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Vende una copropiedad, te decimos cómo

Para vender una copropiedad, que puede ser una residencia, casa en la que son múltiples dueños y uno no desea, esto es para vender una copropiedad o bien propiedad compartida, para esto debemos con un Procedimiento de división de casa común, mas debes tener en consideración que a menos que haya un pacto entre los dueños, no puede obligarse a absolutamente nadie sostenerse en la comunidad, de esta forma de manera expresa se dispone en el artículo cuatrocientos del Código Civil. Los condominios pueden surgir de diferentes situaciones: Las adjudicaciones de un mismo bien a múltiples herederos o bien legatarios hechas al admitir la herencia. La adquisición de residencia frecuente por 2 personas que en su día fueron cónyuges. Las propiedades adquiridas en conjunto por parejas en verdad. La adquisición de inmueble realizado como inversión por múltiples personas. vender copropiedad de forma forzada ¿Qué hacer cuando deseo vender una residencia y los otros dueños no desean? Esta clase de relaciones acostumbra a ser fuente de enfrentamiento que nos lleva a un proceso de extinción de la copropiedad. Mas de esta clase de comunidades no siempre y en toda circunstancia se sale con una solución amistosa, puesto que no podemos olvidar que muy frecuentemente las relaciones entre codueños son malas, lo que impide una negociación congruente y fluida debido a los enfrentamientos anteriores, no quedando más antídoto que vender a un tercero la participación en la propiedad o bien comenzar un proceso para proceder a la división de la cosa común. Vendiendo el porcentaje a un tercero se consigue un coste muy bajo el mercado, con lo que solamente es admisible cuando se precisa el dinero de manera inmediata. La vía judicial es otra de las opciones ante la carencia de pacto, un procedimiento judicial que no es exageradamente complejo, a través de el que en el caso de no alcanzarse un pacto entre las partes a lo largo de su tramitación, se favorece la venta del bien en pública subasta con intervención así como los dueños, que quisiesen pujar, de terceros. Anterior a sacar el bien a subasta pública se efectúa una tasación del mismo. forzar venta copropiedad Van a poder asistir a la subasta tanto los copropietarios como cualquier otra persona interesada en pujar para adquirirla, con la peculiaridad de que aquellos que no sean copropietarios van a deber depositar en el juzgado un porcentaje del valor del bien a subastar – treinta por ciento del valor en el caso de recursos inmuebles y veinte por ciento para los muebles- para poder concurrir a la subasta y pujar por el bien. La primordial ventaja que tienen los copropietarios en la celebración de la subasta de su bien es que no precisan efectuar depósito alguno para comparecer y pujar y que como es lógico, si su puja es aprobada por último, no van a deber abonar la totalidad del coste ofrecido, sino se deberá quitar a este la parte pertinente a su cuota de propiedad, quedando desde ese instante como único dueño. Aprobada la puja más alta, y finalizada con esto la subasta, se procederá a repartir el costo conseguido entre los copropietarios en exactamente el mismo porcentaje que de la cosa común eran dueños.

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